Vamos actualizando esta información en función de vuestras dudas:
¿Porque no pedimos la modificación de la Ley de Protección Animal?
Simplemente NO EXISTE, ni por ahora puede existir. Ya en 2009 FAPAM presento 1.300.000 firmas a través de una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) pidiendo una Ley de Proteccion Animal Nacional; lamentablemente el gobierno hizo caso omiso: aquí podéis comprobarlo http://www.facebook.com/group.php?gid=120500670556&v=info#!/group.php?gid=120500670556&v=info .
¿En que baso su negativa? Falta de competencia: la protección animal es una competencia transferida a las Comunidades Autónomas.
Cada Comunidad Autónoma tiene su propia Ley de Protección Animal. Porsupuesto insuficientes, os animamos encarecidamente a modificarlas, pero para ello hay que seguir una serie de trámites (podéis consultarlos aqui http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo3-1984.html#a3 ) y es inviable hacerlo a nivel nacional, pues las hojas de recogida de firmas solo pueden firmarse por las personas empadronadas e inscritas en el censo electoral de cada Comunidad.
Por otro lado las leyes orgánicas, como es el caso del Código Penal, que sí tiene un ámbito de aplicación en todo el territorio español, no pueden modificarse por iniciativas legistativas populares.
¿Que opción nos queda a nivel nacional?
Nos lo ponen difícil, pero siempre nos queda el derecho de petición que nos reconoce nuestra Constitución (para consultarlo: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo4-2001.html ).
No queremos engañaros, es importante que tengáis en cuenta que este derecho ‘sólo’ nos permite realizar una petición al gobierno, que nos concedan o no lo solicitado es de carácter discrecional, depende de su voluntad. Por eso tenemos que hacer tanto ‘ruido’ como podamos, recogiendo el mayor número de firmas, asistiendo a las manifestaciones convocadas y corriendo la voz, para que de una vez nos escuchen!
¿Qué solicitamos del Gobierno en esta petición nacional?
El endurecimiento de las penas previstas en el Código Penal. Sabes que un caso de maltrato y asesinato de un animal tan sólo tiene una pena de 3 meses a 1 año de cárcel? ¿Y que si el maltratador no tiene antecedentes sólo pagaría una simple multa?
Por otro lado aprovechamos para solicitar también la adhesión de España al Convenio Europeo de Protección de animales domésticos. En el momento en que se produjera dicha adhesión las normas contenidas en el mismo pasarían a ser de obligado cumplimiento por nuestro país, mucho mas consideradas que las nuestras respecto a los animales.
¿Cómo cumplimentar correctamente la hoja de firmas?
Deben completarse todos los campos, no obstante para el caso de que la persona que firme no tenga dirección de correo electrónico puede poner la que viene mas abajo en la misma hoja: manifestacion.animal@gmail.com a efectos de notificación por parte de la Administración.
Pueden imprimirse las hojas por ambas caras para economizar.
¿Qué hacemos con las hojas una vez completas?
Para reunirlas todas y poder entregarlas ante las Cortes Generales, tenéis que enviarlas antes del 30 de abril a la siguiente dirección:
Apartado de correos 150127
28080 Madrid
Gracias a todos!
Eva Ramos